Desde el 12 de mayo de 2019, registrar la jornada laboral dejó de ser una opción en España. Da igual el tamaño de la empresa o el sector: si tienes empleados, tienes que registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada uno de ellos. Muchas empresas siguen resolviendo esto con una hoja de Excel que nadie rellena a tiempo — y eso, ante una inspección, pesa exactamente igual que no tener ningún registro.
Qué dice el Real Decreto-ley 8/2019
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social, modificó el Estatuto de los Trabajadores para obligar a todas las empresas, sin excepción por tamaño o convenio, a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador. Esto es lo que se conoce popularmente como la "ley de control horario" o "ley del registro de jornada".
El registro debe incluir el horario concreto de inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora, y la empresa está obligada a conservarlo durante cuatro años, a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.
Qué revisa la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede solicitar el registro horario en cualquier momento. No basta con tener "algo" apuntado: el registro tiene que ser fiable, estar actualizado día a día, y coincidir con la actividad real de la empresa. El incumplimiento de esta obligación se considera infracción y puede acarrear sanciones económicas.
Por qué el papel y el Excel fallan en la práctica
El problema del registro manual no es legal, es operativo: alguien tiene que acordarse de rellenarlo cada día, para cada persona, y luego alguien más tiene que sumar las horas a mano para calcular si hay horas extra. En equipos de más de tres o cuatro personas, esto se rompe rápido — y es precisamente cuando se rompe que una inspección puede pillarte con el registro a medias.
Buenas prácticas para elegir un sistema de control horario
- Confirma que el sistema guarda cada fichaje con fecha y hora exacta, sin depender de que alguien lo apunte después.
- Asegúrate de que cada trabajador puede consultar su propio historial en cualquier momento — es un derecho, no un extra.
- Comprueba que el registro se conserva, como mínimo, cuatro años.
- Si tienes empleados sin ordenador ni móvil de empresa, un kiosco compartido — una única pantalla donde todo el equipo ficha — resuelve el problema sin necesitar cuenta individual en cada dispositivo.
- Evita sistemas biométricos si no los necesitas realmente — un PIN, tarjeta o código QR cumple igual, con menos complejidad de protección de datos.
RegistoDePonto cumple este registro por defecto: cada fichaje queda guardado al segundo, el historial completo siempre está accesible para cada trabajador, y el administrador puede cerrar semanas ya completadas para que no se puedan modificar después.
¿Quieres el registro de jornada resuelto, sin complicaciones?
Crea tu empresa en minutos, sin tarjeta de crédito, y cumple el Real Decreto-ley 8/2019 desde el primer día.
Crear mi empresa → Ver el Manual completo →